Condiciones del servicio con Personal en Outsourcing
En este documento se recoge la aceptación por ambas partes una vez aceptada la casilla por parte de la oficina de Farmacias, esta aceptación le da la pertenencia al Club BS farmacias nutricionistas, al pertenecer al club se beneficiará de todas las condiciones incluyen una exclusividad de zona, tanto en venta de los suplementos saluderm, como de la exclusiva de poder ofrecer a sus clientes el regalo de pertenencia a dicho club, y que sus clientes se beneficien de todas la ventajas de pertenecer.
De una parte la oficina de Farmacia que acepta las condiciones y de la otra Beauty sport 2020; S L.
EXPONEN
- Que el Farmacéutico en la Oficina de Farmacia tiene un rol importante como educador, consejero y promotor de hábitos alimentarios saludables, para mejorar la salud física, mental y social de sus clientes.
- Que Beauty sport 2020; S.L. pondrá a disposición de la Oficina de un servicio único y gratuito para los clientes de la Farmacia; que consiste en regalar el alta mediante un código QR a todos los clientes de recetas, dermo, infantil, etc.. (este trabajo que se hace sólo una vez, es realizado por el personal de farmacias, los nutricionistas BS contactarán con estas personas para garantizar el seguimiento y la fidelización hacia la farmacia) y un profesional en Outsourcing.
- Que Beauty sport 2020; S.L., con el objetivo de incrementar la venta de productos Saluderm en la farmacia, y de ayudar a fidelizar los clientes de la Oficina de Farmacia ofrecerá personal titulado en Nutrición Humana, capacitado y perfectamente formado en atención al cliente, y todo lo necesario para favorecer incrementos cuantitativos y cualitativos de la Farmacia.
- Que, aportamos un servicio exclusivo, desarrollado y de última generación, adaptado a los años que vivimos y de futuro, basado en una plataforma 360º dando cobertura tanto presencial como online, con talleres, cursos, chat box, videos consulta, videos talleres, club de socios de fidelización, etc.”.
- Ambas partes aceptan estas condiciones para la implantación de este sistema en la Oficina de Farmacia a través del personal en outsourcing, en base a las siguientes.
ESTIPULACIONES
PRIMERA, Objeto.
Beauty sport 2020; S.L. pone a disposición de la oficina de farmacia el sistema de trabajo denominado “CLUB BS FARMACIAS NUTRICIONISTAS” (CBS en adelante) en el que;
1.- La oficina de Farmacia podrá impulsar la venta de los productos sin ningún tipo de exclusividad hacia ninguna marca a través del método CBS que ofrece Beauty Sport 2020; S.L.
2.- Beauty Sport 2020; S.L. pondrá a disposición de la Oficina de Farmacia un/a profesional con titulación, cualificación y experiencia suficiente para promocionar la venta de los productos, colaborando con el farmacéutico en su labor de consejero y promotor de hábitos alimentarios saludables, realizando cuestionarios, test desarrollados y talleres con el método CBS.
SEGUNDA, Duración.
Siempre que ambas partes cumplan con los compromisos asumidos en el presente documento, la duración del contrato de personal en outsourcing será de un año desde la aceptación de estas condiciones, que se prorrogará tácitamente por periodos iguales en el supuesto de que ninguna de las partes comunique su decisión de resolverlo, de forma fehaciente y con preaviso suficiente.
No obstante, cualquiera de las partes podrá resolver el presente acuerdo antes del vencimiento, siempre que así lo comunique a la otra de forma fehaciente y con preaviso de 30 días, la comunicación puede realizarla en el perfil de la farmacia, o por escrito a administracion@bsnutricionistas.es.
TERCERA, Horario.
Se establece que los horarios de acuerdo con la Oficina de Farmacia serán en función de la disponibilidad del profesional asignado por parte de Beauty Sport 2020; S.L. a cada farmacia en turnos de mañana o de tarde.
El horario de mañanas será de 9,30 h a 13,30 h (4 horas) ó el de tarde de 16,00 h a 20,00 h (4 horas).
En el caso de que la oficina de farmacia tenga necesidad de incrementar las horas de contratación solicitará la ampliación y se les facilitará la posibilidad de aumentar a dos turnos, y así hasta tantos turnos necesite para el buen hacer del trabajo a desempeñar.
CUARTA, Coste del Profesional en outsourcing.
1.- Coste. - El coste del Profesional nutricionista en outsourcing se establece en 195 €/mes para 4 horas/ día asignado, una semana de mañanas y otra de tarde (Total 16 horas mensuales). Esto queda todo incluido en la cuota de socio del club.
2.- Beneficios y coste. Se establece en el Anexo I.
3.- Gestión cobro servicio al cliente y facturación de Beauty Sport 2020; S.L. a la Farmacia. Se contempla en el Anexo I.
4.- la oficina de farmacia nunca podrá hacerse con los servicios del nutricionista asignado por Beauty Sport 2020; S.L. ni pagar ningún tipo de comisión por la venta de un producto si no es previamente autorizado por Beauty Sport 2020; S.L., el nutricionista ayudará a la venta de productos de los que disponga la farmacia, siempre que no sea objeto directo de competencia con los productos Saluderm.
QUINTA, Protección de datos.
Reunidos de una parte, la oficina de Farmacias que acepta las condiciones de este documento, en adelante RESPONSABLE.
Y de otra parte, beauty Sport 2020, S.L., como Encargado del tratamiento, con CIF B21505680 , domicilio social situado en Calle José María Amo nº 2 -2º, 21001, Huelva , en adelante ENCARGADO.
Ambas partes se reconocen recíprocamente la capacidad legal necesaria para el suscribir el presente contrato de prestación de servicios con acceso a datos personales contemplado en anexo III
ANEXO I:
1.- importe del Servicio de outsourcing de la Nutricionista se establece en 195 €/mes + IVA para 4 horas/ día asignado, una vez por semana, una semana de mañanas y otra de tarde (Total 16 horas mensuales).
La farmacia dispondrá con cada pago de la cuota mensual de un código que podrá usar en un pedido dentro del mes natural al pago, este código corresponde para la compra de los productos Saluderm todos los meses para su venta y recomendación por parte de la nutricionista por valor de coste de 100€ a precio PVf, más 1 un mes de socio a la plataforma gratuita para todos los clientes de la farmacia, siempre será obligatorio tener un mínimo de 1 unidad de sotcks de cada referencia de la línea Saluderm, colocado en zona visible y todo el material de PLV bien visible.
2.- El precio de la atención/consulta por cliente se establece en 16,53 € + IVA, (precio final 20 € para los no socios del Club de Farmacias). El precio
3,- El beneficio para la Farmacia del precio de la Atención/consulta será de 5€ IVA incluido. (4,13 € sin IVA, para lo referido en el apartado anterior, cuando el precio cobrado sea el de socios del club, es decir, 10€, de este último precio la farmacia no tendrá derecho a ninguna compensación económica.
4.- El cobro de la consulta nutricional al cliente no socio (16,53€ + IVA, precio final 20 €) lo realizará directamente la farmacia en el momento de la visita. La farmacia comprara los talones de consulta previamente a través de la Plataforma por un valor de 15€ ( 12,40€ + IVA). A la firma del contrato se entregará el código acceso a la plataforma y así realizar las gestiones de compra de Consultas y de producto, al ser miembro del Club BS farmacias nutricionista se beneficiará de un descuento del 50% en toda la línea de productos Saluderm. Todas las compras se realizarán a través de la plataforma del club BS farmacias nutricionistas y realizando el pago en la misma plataforma. El pedido mínimo es de 120€ para llevar los portes pagados, de lo contrario tendrá un recargo de 5€ por gastos de envío.
MANIFIESTAN
Que la Oficina de Farmacia que acepta las condiciones de este documento es responsable del tratamiento de datos personales objeto de este contrato conforme lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016 /679 de 27 de abril de 2016 (GDPR).
Que el RESPONSABLE ha contratado los servicios de Beauty Sport 2020, S.L. consistentes en: servicio de atención nutricional personalizada. La duración de este contrato de protección de datos estará vinculada al tiempo establecido en dicho contrato de servicios.
Que, para el cumplimiento de dichos servicios, al ENCARGADO le resulta necesario el acceso y tratamiento de los datos personales responsabilidad del RESPONSABLE.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 del GDPR, el ENCARGADO ofrece suficientes garantías para implementar políticas técnicas y organizativas apropiadas para aplicar las medidas de seguridad que establece la normativa vigente y proteger los derechos de los interesados, por lo cual ambas partes convienen suscribir el presente contrato con sujeción a las siguientes
INSTRUCCIONES PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS
1.Objeto, naturaleza y finalidad del encargo
El tratamiento de datos consistirá en: gestionar los datos de los pacientes que se acojan al servicio de atención nutricional personalizada, a través de un profesional titulado y especializado en nutrición y dietética, mediante la realización de dietas personalizadas, así como test y cuestionarios para ayudar al consejo y promoción de hábitos alimentarios saludables.
Las operaciones de tratamiento autorizadas serán las estrictamente necesarias para alcanzar la finalidad del encargo.
2.Tipo de datos personales y categoría de interesados
Los datos personales a que tendrá acceso el ENCARGADO corresponden a las categorías de interesados de Pacientes que están incluidos en los ficheros PACIENTES, que el RESPONSABLE pone a su disposición para poder ofrecerle el servicio contratado.
3.Obligaciones y derechos del RESPONSABLE
El RESPONSABLE garantiza que los datos facilitados al ENCARGADO se han obtenido lícitamente y que son adecuados, pendientes y limitados a los fines del tratamiento
El RESPONSABLE pondrá a disposición del ENCARGADO cuanta información sea necesaria para ejecutar la prestación objeto del encargo.
El RESPONSABLE advierte al ENCARGADO que, si determina por su cuenta los fines y los medios del tratamiento, ser considerado responsable del tratamiento y estará sujeto a cumplir las disposiciones de la normativa vigente aplicable como tal.
4.Obligaciones y derechos del ENCARGADO
El ENCARGADO se obliga a respetar todas las obligaciones que pudieran corresponderle como encargado del tratamiento conforme lo dispuesto en la normativa vigente y cualquier otra disposición o regulación que le fuera igualmente aplicable.
El ENCARGADO no destinará, aplicará o utilizará los datos a los que tenga acceso para un fin distinto al encargo o que suponga el incumplimiento de este contrato.
El ENCARGADO pondrá a disposición del RESPONSABLE la información necesaria para demostrar el cumplimiento del contrato, permitiendo las inspeccione s y auditorías necesarias para evaluar el tratamiento.
- Personal autorizado para realizar el tratamiento
El ENCARGADO garantiza que el personal autor izado para real izar el tratamiento se ha comprometido de forma expresa y por escrito a respetar la confidencialidad de los datos o que está sujeto a una obligación legal de confidencialidad de naturaleza estatutaria.
El ENCARGADO tomará medidas para garantizar que cualquier persona que actúe bajo su autoridad y tenga acceso a datos personales sólo pueda tratarlos siguiendo las instrucciones del RESPONSABLE o esté obligada a ello en virtud de la legislación vigente.
El ENCARGADO garantiza que el personal autorizado para real izar el tratamiento ha recibido la formación necesaria para asegurar que no se pondrá en riesgo la protección de datos personales.
- Medidas de seguridad
El ENCARGADO manifiesta estar al corriente en lo que concierne a las obligaciones derivadas de la normativa de protección de datos. Especialmente en lo que se refiere a la implantación de las medidas de seguridad para las diferentes categorías de datos y de tratamiento establecidas en el artículo 32 del GDPR.
El ENCARGADO garantiza que se implementarán adecuadamente dichas medidas de seguridad y cooperará con el RESPONSABLE para avalar su cumplimiento.
El RESPONSABLE realizará un análisis de los posibles riesgos derivados del tratamiento para determinar las medidas de seguridad apropiadas para garantizar la seguridad de la información tratad a y los derechos de los interesados y, si determinara que existen riesgos, trasladará al ENCARGADO un informe con la evaluación de impacto para que proceda a la implementación de medidas adecuadas para evitarlos o mitigarlos .
El ENCARGADO, por su parte, deberá analizar los posibles riesgos y otras circunstancias que puedan incidir en la seguridad que le sean atribuibles, debiendo informar, si los hubiere, al RESPONSABLE para evaluar su impacto.
De todas formas, el ENCARGADO garantiza que, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, implementará medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo que entrañe el tratamiento, que en su caso incluya, entre otros:
- Seudonimización y cifrado de datos personales.
- Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicio de tratamiento.
- Restaurar la disponibilidad y el acceso a datos de. forma rápida en caso de incidente físico o técnico.
- Procedimientos de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- Violación de la seguridad
Las violaciones de seguridad que tenga conocimiento el ENCARGADO deberán notificarse, sin dilación indebida y en u máximo de 24 horas, al RESPONSABLE para su conocimiento y aplicación de medidas para remediar y mitigar los efectos ocasionados. No será necesaria la notificación cuando sea improbable que comporte un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.
La notificación de una violación de seguridad deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
- Descripción de la naturaleza de la violación.
- Categorías y el número aproximado de interesados afectados.
- Categorías y el número aproximado de registros de datos afectados.
- Posibles consecuencias.
- Medidas adoptadas o propuestas para remediar o mitigar los efectos.
- Datos de contacto donde pueda obtenerse más información (DPO, responsable de seguridad, etc.).
- Comunicación de los datos a terceros
El ENCARGADO no podrá comunicar los datos a otros destinatarios, salvo que hubiera obtenido una autorización previa y por escrito del RESPONSABLE; la cual, de existir, se anexará al presente contrato.
La transmisión de datos a Autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones públicas no es consideradas comunicaciones de dato s, por lo que no se precisará de la autorización del RESPONSABLE si dichas transmisiones son necesarias para alcanzar la finalidad del encargo.
- Transferencias internacionales de datos
El ENCARGADO no podrá realizar transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales no establecidos en la UE, salvo que hubiera obtenido una autorización previa y por escrito del RESPONSABLE; la cual, de existir, se anexará al presente contrato.
1O. Subcontratación del tratamiento de datos
El ENCARGADO no podrá subcontratar a un tercero la realización de ningún tratamiento de datos que le hubiera encomendado el RESPONSABLE, salvo que hubiera obtenido de éste una autorización previa y por escrito para ello; la cual, de existir, se anexará al presente contrato.
- 11.Derechos de los interesados
El ENCARGADO creará, siempre que sea posible y teniendo cuenta la naturaleza del tratamiento, las condiciones técnicas y organizativas necesarias para asistir al RESPONSAB LE en su obligación de responder las solicitudes de los derechos del interesado.
En el caso que el ENCARGADO reciba una solicitud para el ejercicio de dichos derechos, deberá comunicarlo al RESPONSABLE de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
Cuando los datos sean tratados exclusivamente con los sistemas del ENCARGADO, deberá resolver, por cuenta del RESPONSABLE, y dentro del plazo establecido, las solicitudes recibidas para el ejercicio de los derechos del interesado
en relación con los datos objeto del encargo, sin menoscabo de comunicarlo al RESPONSABLE de acuerdo con 1 establecido en el párrafo anterior; a saber , los derechos de acceso , rectificación, supresión y portabilidad de datos y lo de limitación u oposición al tratamiento, y si fuera el caso, a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas .
- 12.Responsabilidad
Conforme el artículo 82 del GDPR, el RESPONSABLE responderá de los daños y perjuicios causados en cualquier operación de tratamiento en que participe y el ENCARGADO únicamente responderá de los daños y perjuicios causado por el tratamiento cuando no haya cumplido con las obligaciones del GDPR dirigidas específicamente al ENCARGADO haya actuado al margen o en contra de las instrucciones legales del RESPONSABLE. Del mismo modo el ENCARGADO estará exento de responsabilidad si demuestra que no es en modo alguno responsable del hecho que haya causado lo daños y perjuicios.
13.Fin de la prestación de servicio
Una vez finalice la prestación de servicios objeto de este contrato, si el ENCARGADO hubiera almacenado datos personales, deberá suprimirlos o devolverlos a elección del RESPONSABLE, incluidas las copias existentes. El ENCARGADO deberá emitir a un certificado de destrucción o devolución si así lo exige el RESPONSABLE.
No procederá la supresión de datos cuando se requiera su conservación por una obligación legal, en cuyo caso el ENCARGADO procederá a la custodia de estos bloqueando los datos y limitando su tratamiento en tanto que pudieran derivarse responsabilidades de su relación con el RESPONSABLE.
El ENCARGADO mantendrá el deber de secreto y confidencialidad de los datos incluso después de final izar la relación objeto de este contrato.
Y para que conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad de las partes, firman el presente contrato, por duplicado, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.