Condiciones del servicio ATENCIÓN FARMACÉUTICA NUTRICIONAL
En este documento se recoge la aceptación por ambas partes una vez aceptada la casilla por parte de la oficina de Farmacias, esta aceptación le da la pertenencia al Club BS farmacias nutricionistas, al pertenecer al club se beneficiará de todas las condiciones incluyendo una exclusividad de poder ofrecer a sus clientes el regalo de pertenencia a dicho club, y que sus clientes se beneficien de todas la ventajas de pertenecer.
De una parte la oficina de Farmacia que acepta las condiciones y de la otra Beauty sport 2020; S L.
EXPONEN
- Que el Farmacéutico en la Oficina de Farmacia tiene un rol importante como educador, consejero y promotor de hábitos alimentarios saludables, para mejorar la salud física, mental y social de sus clientes.
- Que Beauty sport 2020; S.L. pondrá a disposición de la Oficina de un servicio único y gratuito para los clientes de la Farmacia; que consiste en regalar el alta mediante un código QR, directamente en web o pasando los datos por mails a todos los clientes de recetas, dermo, infantil, etc.. (este trabajo que se hace sólo una vez, es realizado por el personal de farmacias, los nutricionistas BS contactarán con estas personas para garantizar el seguimiento y la fidelización hacia la farmacia).
- Que Beauty sport 2020; S.L., con el objetivo de incrementar la venta de los productos en la farmacia, y de ayudar a fidelizar los clientes de la Oficina de Farmacia ofrecerá personal titulado en Nutrición Humana, capacitado y perfectamente formado en atención al cliente, y todo lo necesario para favorecer incrementos cuantitativos y cualitativos de la Farmacia.
- Que, aportamos un servicio exclusivo, desarrollado y de última generación, adaptado a los años que vivimos y de futuro, basado en una plataforma 360º dando cobertura total telemática, con talleres, cursos, chat bot, videos consulta, videos talleres, club de socios de fidelización, etc.”.
- Ambas partes aceptan estas condiciones para la implantación de este sistema en la Oficina de Farmacia, en base a las siguientes.
ESTIPULACIONES
PRIMERA, Objeto.
Beauty sport 2020; S.L. pone a disposición de la oficina de farmacia el sistema de trabajo denominado “CLUB BS FARMACIAS NUTRICIONISTAS” (CBS en adelante) en el que;
1.- La oficina de Farmacia podrá impulsar la venta de los productos sin ningún tipo de exclusividad hacia ninguna marca a través del método CBS que ofrece Beauty Sport 2020; S.L.
2.- Beauty Sport 2020; S.L. pondrá a disposición de la Oficina de Farmacia un/a profesional con titulación, cualificación y experiencia suficiente para promocionar la salud y la venta de los productos, colaborando con el farmacéutico en su labor de consejero y promotor de hábitos alimentarios saludables, realizando cuestionarios, test desarrollados y talleres con el método CBS.
SEGUNDA, Duración.
Siempre que ambas partes cumplan con los compromisos asumidos en el presente documento, la duración del contrato será de un año desde la aceptación de estas condiciones, que se prorrogará tácitamente por periodos iguales en el supuesto de que ninguna de las partes comunique su decisión de resolverlo, de forma fehaciente y con preaviso suficiente.
No obstante, cualquiera de las partes podrá resolver el presente acuerdo antes del vencimiento, siempre que así lo comunique a la otra de forma fehaciente y con preaviso de 30 días, la comunicación puede realizarla en el perfil de la farmacia, o por escrito a administracion@bsnutricionistas.es.
TERCERA, Horario.
Se establece que los horarios de acuerdo con la Oficina de Farmacia serán en función de la disponibilidad del profesional asignado por parte de Beauty Sport 2020; S.L.
El horario será de 9:00 h a 21:00 h de lunes a Jueves, y Viernes de 8:00 h a 15:00 h, siendo atendido fuera de estos horarios por un Chatbot y profesional de guardia.
Como es normal el período vacacional será cuando menos afecta a consumidores y farmacias: desde el 22 diciembre al primer día hábil pasado el día de reyes; la semana santa completa, 15 días a elegir entre los 15 últimos de julio y 15 primeros de Agosto, esto último será acordado entre nutricionista y farmacia. Durante el estos periodos tendremos siempre los clientes asistidos con un profesional sustituto.
CUARTA, Coste de pertenencia al Club
1.- Coste – El coste de todo el servicio es de 49,50 € mes, facturado como consultas de nutrición.
2.- Si la farmacia procede de un Patrocinador no tendrá coste mensual al ser abonado por el patrocinador, con la salvedad que solo dispondrá del producto/servicio contratado por el patrocinador.
3.- la oficina de farmacia procedente de un patrocinador podrá optar a disfrutar del Full service con una cuota de copago, esto dará derecho que podamos recomendar los productos que trabaja la farmacia.
4.- la oficina de farmacia nunca podrá hacerse con los servicios del nutricionista asignado por Beauty Sport 2020; S.L. ni pagar ningún tipo de comisión por la venta de un producto si no es previamente autorizado por Beauty Sport 2020; S.L., el nutricionista y equipo de Beauty Sport ayudará a la venta de productos de los que disponga la farmacia
5.- estos precios podrán ser modificados todos los años en el mes de Enero con un incremento del IPC, siendo todo notificado con un mes de antelación.
QUINTA, Protección de datos.
Reunidos de una parte, la oficina de Farmacias que acepta las condiciones de este documento, en adelante RESPONSABLE.
Y de otra parte, beauty Sport 2020, S.L., como Encargado del tratamiento, con CIF B21505680 , domicilio social situado en Calle José María Amo nº 2 -2º, 21001, Huelva , en adelante ENCARGADO.
Ambas partes se reconocen recíprocamente la capacidad legal necesaria para el suscribir el presente contrato de prestación de servicios con acceso a datos personales contemplado en anexo I
SERVICIOS INCLUIDOS para el cliente de la Farmacia.
El coste del Cliente/socio de las farmacias es cero, la farmacia regala la mensualidad de 20€/mes que tendría que abonar si se hace socio fuera de la farmacia. Y esto le da derecho a usar los siguientes servicios:
- TODAS las consultas personales telemática sin coste al mes, donde se elabora un programa de nutrición personalizado, que consiste en una semana que podrá repetir las 4 semanas del mes, aunque podrá optar a todas las visitas extras que necesite.
- uso de la app, donde recibe su menú, modo de elaborar cada comida, lista de la compra, etc…
- contactar con el callcenter sin coste para cualquier duda, pregunta, etc..
- acceder a talleres y videos grabados sin coste.
- acceder a las clases emitidas en directo, de entrenador personal, yoga, etc…. Cuantas veces lo necesite.
- etc…
MANIFIESTAN (anexo I)
Que la Oficina de Farmacia que acepta las condiciones de este documento es responsable del tratamiento de datos personales objeto de este contrato conforme lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016 /679 de 27 de abril de 2016 (GDPR).
Que el RESPONSABLE ha contratado los servicios de Beauty Sport 2020, S.L. consistentes en: servicio de atención nutricional personalizada. La duración de este contrato de protección de datos estará vinculada al tiempo establecido en dicho contrato de servicios.
Que, para el cumplimiento de dichos servicios, al ENCARGADO le resulta necesario el acceso y tratamiento de los datos personales responsabilidad del RESPONSABLE.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 del GDPR, el ENCARGADO ofrece suficientes garantías para implementar políticas técnicas y organizativas apropiadas para aplicar las medidas de seguridad que establece la normativa vigente y proteger los derechos de los interesados, por lo cual ambas partes convienen suscribir el presente contrato con sujeción a las siguientes
INSTRUCCIONES PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS
1.Objeto, naturaleza y finalidad del encargo
El tratamiento de datos consistirá en: gestionar los datos de los pacientes que se acojan al servicio de atención nutricional personalizada, a través de un profesional titulado y especializado en nutrición y dietética, mediante la realización de dietas personalizadas, así como test y cuestionarios para ayudar al consejo y promoción de hábitos alimentarios saludables.
Las operaciones de tratamiento autorizadas serán las estrictamente necesarias para alcanzar la finalidad del encargo.
2.Tipo de datos personales y categoría de interesados
Los datos personales a que tendrá acceso el ENCARGADO corresponden a las categorías de interesados de Pacientes que están incluidos en los ficheros PACIENTES, que el RESPONSABLE pone a su disposición para poder ofrecerle el servicio contratado.
3.Obligaciones y derechos del RESPONSABLE
El RESPONSABLE garantiza que los datos facilitados al ENCARGADO se han obtenido lícitamente y que son adecuados, pendientes y limitados a los fines del tratamiento
El RESPONSABLE pondrá a disposición del ENCARGADO cuanta información sea necesaria para ejecutar la prestación objeto del encargo.
El RESPONSABLE advierte al ENCARGADO que, si determina por su cuenta los fines y los medios del tratamiento, ser considerado responsable del tratamiento y estará sujeto a cumplir las disposiciones de la normativa vigente aplicable como tal.
4.Obligaciones y derechos del ENCARGADO
El ENCARGADO se obliga a respetar todas las obligaciones que pudieran corresponderle como encargado del tratamiento conforme lo dispuesto en la normativa vigente y cualquier otra disposición o regulación que le fuera igualmente aplicable.
El ENCARGADO no destinará, aplicará o utilizará los datos a los que tenga acceso para un fin distinto al encargo o que suponga el incumplimiento de este contrato.
El ENCARGADO, podrá recibir base de datos para el uso de una campaña específica de recuperación de clientes, promocionar la atención farmacéutica de nutrición presencial.
El ENCARGADO pondrá a disposición del RESPONSABLE la información necesaria para demostrar el cumplimiento del contrato, permitiendo las inspeccione s y auditorías necesarias para evaluar el tratamiento.
- Personal autorizado para realizar el tratamiento
El ENCARGADO garantiza que el personal autor izado para real izar el tratamiento se ha comprometido de forma expresa y por escrito a respetar la confidencialidad de los datos o que está sujeto a una obligación legal de confidencialidad de naturaleza estatutaria.
El ENCARGADO tomará medidas para garantizar que cualquier persona que actúe bajo su autoridad y tenga acceso a datos personales sólo pueda tratarlos siguiendo las instrucciones del RESPONSABLE o esté obligada a ello en virtud de la legislación vigente.
El ENCARGADO garantiza que el personal autorizado para real izar el tratamiento ha recibido la formación necesaria para asegurar que no se pondrá en riesgo la protección de datos personales.
- Medidas de seguridad
El ENCARGADO manifiesta estar al corriente en lo que concierne a las obligaciones derivadas de la normativa de protección de datos. Especialmente en lo que se refiere a la implantación de las medidas de seguridad para las diferentes categorías de datos y de tratamiento establecidas en el artículo 32 del GDPR.
El ENCARGADO garantiza que se implementarán adecuadamente dichas medidas de seguridad y cooperará con el RESPONSABLE para avalar su cumplimiento.
El RESPONSABLE realizará un análisis de los posibles riesgos derivados del tratamiento para determinar las medidas de seguridad apropiadas para garantizar la seguridad de la información tratad a y los derechos de los interesados y, si determinara que existen riesgos, trasladará al ENCARGADO un informe con la evaluación de impacto para que proceda a la implementación de medidas adecuadas para evitarlos o mitigarlos .
El ENCARGADO, por su parte, deberá analizar los posibles riesgos y otras circunstancias que puedan incidir en la seguridad que le sean atribuibles, debiendo informar, si los hubiere, al RESPONSABLE para evaluar su impacto.
De todas formas, el ENCARGADO garantiza que, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, implementará medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo que entrañe el tratamiento, que en su caso incluya, entre otros:
- Seudonimización y cifrado de datos personales.
- Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicio de tratamiento.
- Restaurar la disponibilidad y el acceso a datos de. forma rápida en caso de incidente físico o técnico.
- Procedimientos de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- Violación de la seguridad
Las violaciones de seguridad que tenga conocimiento el ENCARGADO deberán notificarse, sin dilación indebida y en u máximo de 24 horas, al RESPONSABLE para su conocimiento y aplicación de medidas para remediar y mitigar los efectos ocasionados. No será necesaria la notificación cuando sea improbable que comporte un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.
La notificación de una violación de seguridad deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
- Descripción de la naturaleza de la violación.
- Categorías y el número aproximado de interesados afectados.
- Categorías y el número aproximado de registros de datos afectados.
- Posibles consecuencias.
- Medidas adoptadas o propuestas para remediar o mitigar los efectos.
- Datos de contacto donde pueda obtenerse más información (DPO, responsable de seguridad, etc.).
- Comunicación de los datos a terceros
El ENCARGADO no podrá comunicar los datos a otros destinatarios, salvo que hubiera obtenido una autorización previa y por escrito del RESPONSABLE; la cual, de existir, se anexará al presente contrato.
La transmisión de datos a Autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones públicas no es consideradas comunicaciones de dato s, por lo que no se precisará de la autorización del RESPONSABLE si dichas transmisiones son necesarias para alcanzar la finalidad del encargo.
- Transferencias internacionales de datos
El ENCARGADO no podrá realizar transferencias de datos a terceros países u organizaciones internacionales no establecidos en la UE, salvo que hubiera obtenido una autorización previa y por escrito del RESPONSABLE; la cual, de existir, se anexará al presente contrato.
1O. Subcontratación del tratamiento de datos
El ENCARGADO no podrá subcontratar a un tercero la realización de ningún tratamiento de datos que le hubiera encomendado el RESPONSABLE, salvo que hubiera obtenido de éste una autorización previa y por escrito para ello; la cual, de existir, se anexará al presente contrato.
- 11.Derechos de los interesados
El ENCARGADO creará, siempre que sea posible y teniendo cuenta la naturaleza del tratamiento, las condiciones técnicas y organizativas necesarias para asistir al RESPONSAB LE en su obligación de responder las solicitudes de los derechos del interesado.
En el caso que el ENCARGADO reciba una solicitud para el ejercicio de dichos derechos, deberá comunicarlo al RESPONSABLE de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
Cuando los datos sean tratados exclusivamente con los sistemas del ENCARGADO, deberá resolver, por cuenta del RESPONSABLE, y dentro del plazo establecido, las solicitudes recibidas para el ejercicio de los derechos del interesado
en relación con los datos objeto del encargo, sin menoscabo de comunicarlo al RESPONSABLE de acuerdo con 1 establecido en el párrafo anterior; a saber , los derechos de acceso , rectificación, supresión y portabilidad de datos y lo de limitación u oposición al tratamiento, y si fuera el caso, a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas .
- 12.Responsabilidad
Conforme el artículo 82 del GDPR, el RESPONSABLE responderá de los daños y perjuicios causados en cualquier operación de tratamiento en que participe y el ENCARGADO únicamente responderá de los daños y perjuicios causado por el tratamiento cuando no haya cumplido con las obligaciones del GDPR dirigidas específicamente al ENCARGADO haya actuado al margen o en contra de las instrucciones legales del RESPONSABLE. Del mismo modo el ENCARGADO estará exento de responsabilidad si demuestra que no es en modo alguno responsable del hecho que haya causado lo daños y perjuicios.
13.Fin de la prestación de servicio
Una vez finalice la prestación de servicios objeto de este contrato, si el ENCARGADO hubiera almacenado datos personales, deberá suprimirlos o devolverlos a elección del RESPONSABLE, incluidas las copias existentes. El ENCARGADO deberá emitir a un certificado de destrucción o devolución si así lo exige el RESPONSABLE.
No procederá la supresión de datos cuando se requiera su conservación por una obligación legal, en cuyo caso el ENCARGADO procederá a la custodia de estos bloqueando los datos y limitando su tratamiento en tanto que pudieran derivarse responsabilidades de su relación con el RESPONSABLE.
El ENCARGADO mantendrá el deber de secreto y confidencialidad de los datos incluso después de final izar la relación objeto de este contrato.
Y para que conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad de las partes, firman el presente contrato, por duplicado, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.